Informations Administratives 27.01.1999 | Spécial COMMISSION BRUXELLES + Bureaux dans l'Union |
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Nota a los miembros del personal Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5 del procedimiento para las elecciones del Comité de Personal, sección local de Bruselas, confirmado por la Asamblea General el 12 de enero de 1999, la Oficina electoral, cuya composición figura en el Anexo 1, publica el anuncio de elecciones siguiente.1. Fechas, horas y lugares de las elecciones La Asamblea General ha establecido la fecha de las elecciones del Comité de Personal, sección local de Bruselas, para los días 9, 10 y 11 de marzo de 1999. La Oficina electoral ha fijado el horario de apertura para los tres días desde las 09 h 00 hasta las 17 h 30 sin interrupción. En caso de que al término de esos tres días todavía no se haya alcanzado el quórum, el período electoral se prorrogará automáticamente diez días hábiles, es decir del 12 al 25 de marzo de 1999 (art. 14 d del Reglamento electoral).Los electores sólo podrán votar una vez, so pena de nulidad del voto. La situación provisional de las oficinas electorales figura en el Anexo 2. Ciertos edificios podrán disponer de una oficina electoral itinerante. El paso de dicha oficina por cada edificio se comunicará a su debido tiempo. Durante el posible período complementario de diez días laborables, estarán abiertas cuatro oficinas electorales fijas y una oficina electoral itinerante. Su ubicación respectiva se comunicará posteriormente. Para los demás lugares de destino incluidos en la sección local de Bruselas, el plazo límite para la recepción del voto por correo por el Presidente de la Oficina es el 11 de marzo de 1999 a las 17 h 30 (art. 14 c). 2. Electores Desde el 4 de enero de 1999, la lista electoral está expuesta en todos los edificios de la Comisión de Bruselas y se ha puesto en conocimiento de los funcionarios y agentes destinados fuera de Bruselas.Son electores las personas que figuran en esta lista, es decir (artículo primero del Anexo II del Estatuto):
Los electores afectados son los siguientes:
Una persona que haya adquirido la condición de elector con posterioridad a la publicación de la lista será admitida a votar previa presentación del acta administrativa que le confiere dicha condición. La oficina electoral recibirá una copia de dicho documento. 3. Modalidades de voto En cuanto al modo de escrutinio, el elector podrá emitir su voto de una de las siguientes maneras:
So pena de nulidad del voto, el elector deberá abstenerse de incluir en su papeleta cualquier otra inscripción, firma, tachadura o signo de cualquier tipo". No esta autorizada la emisión del voto por teléfono, fax, correo electrónico o cualquier otro medio informático de comunicación . 4. Electores con derecho a votar por correspondencia Voto anticipadoLos electores de Bruselas que prevean que les resultará imposible votar los días 9, 10 y 11 de marzo de 1999 (misión, vacaciones, etc.) en las oficinas electorales, podrán obtener, entre el 22 de febrero y el 5 de marzo de 1999 de las 09 h a las 17 h 30 una papeleta de voto en la Oficina Electoral (RP3-2/15 - tfno. 296.46.41/296.46.42 - R400 : DG9 BUREAU ELECTORAL) previa presentación de su tarjeta de servicio. Dichos electores rellenarán inmediatamente la papeleta electoral y la depositarán en la urna prevista a tal efecto. Voto por correo
5. Modalidades del voto por correspondencia El voto por correspondencia se enviará dentro de tres sobres :
6. Propuesta de candidaturas Las propuestas de candidaturas incluirán un o una titular y un o una suplente; tales propuestas deberán enviarse por escrito a la Oficina Electoral (RP3-2/15, 200 rue de la Loi, 1049 Bruselas) a más tardar el 4 de febrero de 1999 a las 17 h 30. Las propuestas se presentarán en forma de listas con un máximo de 27 propuestas cada uno.Es indispensable que en la propuesta figure el número personal de cada candidato. Cada persona sólo podrá figurar en una sola lista. Cada lista deberá llevar la firma del candidato o candidata titular que figure como cabeza de lista. En el marco de la verificación de las candidaturas (artículo 7 del Reglamento), la Oficina Electoral solicita que cada lista vaya acompañada de una declaración de aceptación por cada candidato o candidata titular o suplente. Cada lista se presentará en el orden elegido por ella. Tras la verificación de las candidaturas, es decir el 5 de febrero de 1999 a las 17 h 30, se celebrará una reunión entre la Oficina y los cabezas de lista, procediéndose al sorteo de los números de las listas.
Anexo 1 : Composición de la Oficina
La Oficina permanecerá abierta todos los días hábiles entre las 9 y las 18 horas hasta el final del proceso electoral :
Anexo 2 : Liste provisoire des bureaux de votes fixes / Provisional list of the polling stations
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Editeur : Direction générale du personnel et de l'administration Unité ateliers de reproduction |